viernes, 26 de noviembre de 2010

LA MINERÍA VS. LAS COMUNIDADES CAMPESINAS

I. INTRODUCCIÓN

No podríamos empezar estas breves líneas sin dejar de comentar que la actividad minera es una de las más antiguas en el Perú(1) (preinca, incanato, Colonia y República), por lo cual se puede decir que en nuestro país dicha actividad evolucionó junto con el Estado y ha repercutido siempre de forma trascendente en la economía nacional.
El Perú es uno de los países en el mundo con mayores recursos mineros. En relación con la producción minera mundial, ocupa el segundo lugar en producción de zinc y bismuto, el tercero en plata y telurio, el cuarto en plomo, el quinto en cobre y estaño, el sexto en tungsteno y molibdeno y el noveno en oro(2).
Nadie duda de la trascendencia de la actividad minera en nuestra economía: representa el 7% del PBI y es la principal fuente de divisas (alrededor de seis mil millones de dólares, de las exportaciones totales). La minería además aporta cerca del 28% de la recaudación total por el Impuesto a la Renta de tercera categoría.
En los últimos años este sector ha registrado una de las tasas más altas de crecimiento (más de 9% anual en la última década) y goza del apoyo y la prioridad por parte del gobierno, por lo que se ha logrado que el Perú se encuentre dentro de los cinco países más atractivos para las inversiones en minería de todo el mundo. De ahí que el Perú sea un país minero por excelencia, sin que quepa duda del gran impacto que origina la minería en el PBI y en nuestro crecimiento económico.





Sin embargo, existen elementos que revelan que la expansión de la actividad minera se ha dado en parte a costa de una mayor contaminación y de la generación de conflictos ambientales, motivados por la falta de participación ciudadana efectiva, de formas de acceso a la autoridad administrativa por parte de las comunidades campesinas, de cumplimiento efectivo y oportuno de las diversas normas ambientales (IEA, PAMA, etc.), del cumplimiento de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) con los actores afectados y, sobre todo, de la información y negociaciones anteriores a las actividades mineras de exploración.
Existe la necesidad de una asociación entre las comunidades locales y la minería, lo que en el corto plazo se constituye en un campo de análisis de la más alta importancia.


II. PROBLEMÁTICA DE LA MINERÍA

A manera de referencia mencionaremos algunos de los últimos conflictos ambientales en el Perú:

El caso Doe Rum: en la fundición de La Oroya, que se comprometió a mejorar las deplorables condiciones ambientales heredadas de operadores anteriores, algunas pruebas realizadas evidenciaron el plomo en la sangre de los pobladores del lugar. En la actualidad Doe Rum se encuentra en ojo de la tormenta por los serios problemas ambientales(3) y por el pedido (que ya fue aprobado) a la autoridad competente de la ampliación del PAMA.



No podemos dejar de mencionar que un sector de la población de La Oroya no está de acuerdo con un posible cierre de las actividades de Doe Rum, pues esta empresa sostiene la economía en la zona y es la principal generadora de trabajo. En otras palabras, estamos ante una virtual preferencia del derecho al trabajo frente al derecho a la salud–medio ambiente.
     
El Conflicto de Tambogrande: en Piura, lugar donde el proyecto aurífero (minera canadiense Manhattan) no pudo desarrollar su proyecto minero debido a la oposición de la población, motivada por la posible desaparición de amplios sectores de cultivos de limones (proyecto agrícola) y quizás el desplazamiento de los pobladores de la zona.
 La empresa minera Manhattan es tan solo una empresa mediana de Canadá (con un patrimonio escaso 62 millones de dólares). Existe el temor fundado justamente por este escaso patrimonio y la casi inexistente experiencia de la empresa en zonas altamente vulnerables como Tambogrande(4). Otro factor determinante para la oposición de la población es que en esta zona, en general, no ha habido experiencia minera y que la única actividad económica es la agrícola y agroindustrial(5).



El Caso Yanacocha: en este proyecto minero los principales accionistas son Newmont Mining Corporation y el Grupo Buenaventura. Se iniciaron exploraciones por parte de la minera Yanacocha en el cerro Quilish, que es una importante fuente de agua potable para la población del lugar, motivo por el cual los comuneros impidieron las operaciones de forma violenta, tomando la zona por la fuerza. Luego de paros y protestas, la minera Yanacocha optó por solicitar la revocatoria de la explotación en Quilish(6).





El Caso Raura (en Huánuco): la Empresa Minera Raura(7) viene incumplimiento con el EIA y el PAMA. La población indica que se está contaminando la fauna y la flora acuática de las lagunas de Caballococha y Tinquicocha. Además la Digesa - Hco, ha emitido algunos informes en los cuales se advierte sobre las muestras de plomo y otros minerales en la sangre de los niños de la zona.



Es de indicar que el Ministerio de Energía y Minas (MEM: R. M. N° 043-2003-EM./DGHM. 5.2. 2003) sanciona a Raura con 7.5 UIT por no haber culminado con el PAMA, y que desde el 2003 hasta el 2006 Raura no cumplió con culminar el EIA en las lagunas de Caballococha y Tinquicocha. Sin embargo, a pesar de los notorios problemas ambientales que causa la actividad de la Empresa Raura, las utilidades de esta se incrementaron. Así, en los años 2003 y 2004 las utilidades llegaron a $4,136.83 y entre septiembre de los años 2004 y 2005 las utilidades se incrementaron a $13,731,83 (se triplican por amplio margen las utilidades al periodo anterior), con lo cual es exigible que esta empresa cumpla con el PAMA y el IEA a la brevedad por la muy buena perfomance económica que tiene en la actualidad. Pero muy por el contrario, Raura viene incumpliendo abusivamente con sus diferentes obligaciones ambientales, lo cual vulnera toda la normativa ambiental peruana en perjuicio de la Comunidad Campesina de San Miguel de Cauri, afectando la salud de los pobladores y con la contaminación de las diversas lagunas de la zona.


Otros conflictos: el inicio del proyecto de Antamina, a cargo de la Compañía Minera Antamina, afectó de manera significante la flora y fauna marina; se afectó la pesca en el litoral de la zona y directamente a 4 mil pescadores. Tenemos también la actividad minera en Espinar (Tintaya, Cuzco), por parte de BHP – Billinton, que se logro a través de una expropiación directa por parte del Estado de tierras de las comunidades campesinas, así como por un proceso de ventas muy cuestionado; la filtración de relaves mineros en los ríos ha afectado el agua que utilizan los pobladores. Y por último mencionamos a la Empresa Pierina (Barrick Gold); sus actividades han causado la contaminación del río Santa, en tanto que las explosiones y ruidos de sus operaciones afectan a la población; existen recientes casos de abierta oposición a la minería registrados en Santa Cruz, Bambamarca, San Miguel y Cajabamba (todos en Cajamarca).

En todo conflicto entre una comunidad y una empresa minera existe la posibilidad latente de que las comunidades convoquen a huelgas y bloqueos de las carreteras para protestar contra la contaminación ambiental y la actividad minera.

     III. MINERÍA Y COMUNIDADES

Los actores de la actividad minera son: El Estado, el sector empresarial (empresa minera), las comunidades locales y organizaciones indígenas, y los trabajadores mineros. Por razones de metodología del presente trabajo definimos a los tres primeros:

El Estado.- Es quien promociona la actividad minera que sirve instrumento de desarrollo económico y social de una determinada zona y del país en general.


La empresa minera.- Entre sus propósitos ubicamos obviamente la maximización de utilidades. Sus prioridades como inversionistas foráneos son estabilidad jurídica y tributaria. El tema ambiental empieza a ser priorizado por presión de agentes externos e internos, que hacen que en la actividad minera en el Perú desempeñe un rol protagónico en la responsabilidad social empresarial (empiezan a incorporar el concepto de responsabilidad social(8)) a través de fundaciones, fondos, alianzas de cooperación, etc.

La comunidad.- Son los que directamente se relacionan con las operaciones ubicadas en sus jurisdicciones y tienen distintas expectativas frente a las operaciones mineras, entre las cuales están los beneficios de la operación a favor de la localidad, oportunidades de empleo, temores por impactos ambientales y sociales de la actividad; y las comunidades locales muchas veces se dinamizan por la presencias de operadores mineros.
Las zonas de conflictos son dos: aquellos lugares donde las comunidades coexisten desde hace algún tiempo con la minería(9); y la zona integrada por las comunidades en las que nunca hubo minería y en las que sus habitantes no quieren que se desarrolle ninguna actividad minera. El caso más importante: Tambogrande.

No podemos dejarnos de preguntar el porqué de los conflictos ambientales, el porqué de las marchas y ataques contra las operaciones mineras. Concordamos con el Dr. De la Puente, quien sostiene que hay varios elementos (que comentaremos en próximas líneas) que son ajenos a la discusión ambiental, que explican la generación de desencuentros entre dos mundos, el de la inversión privada y el de la población local(10). Hay desconfianza en algunos ciudadanos respecto de las propuestas de proyectos que el Estado o la empresa minera hacen. Pero esta falta de credibilidad no está vinculada al tema minero, la desconfianza pareciera, en algunos lugares, estar generalizada.

Qué duda cabe que el factor de confianza es un elemento de vital importancia, que permitirá el dialogo y la convivencia de las comunidades con las empresas mineras. Es de resaltar que en muchos proyectos mineros desde sus inicios, los operadores nunca llegaron ganarse la confianza de las comunidades, lo cual solo trajo como resultado que nunca prosperara el diálogo y que en las diferentes audiencias las comunidades no negocien o entablen diálogos fructíferos con las empresas mineras, al no ofrecerse el factor de confianza. Con ello solo se agudiza el posible conflicto minería vs. comunidad campesina.

Existe una limitación de los ciudadanos que habitan en zonas rurales de acceder a la autoridad administrativa y a la tutela jurisdiccional efectiva(11), es una triste realidad, menos en comunidades que a veces se encuentran a más 4000 m.s.n.m. Es más que evidente que el Conam, el Ministerio de Energía y Minas, la Digesa y otros entes estatales no tienen presencia efectiva y oportuna en la zona de conflicto.


Otra limitación es el de las autoridades de los gobiernos locales, quienes desconocen la normativa minera y ambiental, motivo por el cual en muchas oportunidades no cumplen el rol de que les corresponde de ser el ente administrativo que regule las diferentes actividades y sea protagonista en las diferentes etapas del proyecto minero y en el otorgamiento del derecho de concesión.

Intereses económicos contrapuestos.- Podemos apreciar que las actividades de una empresa minera modifican la forma de vida de los comuneros de una zona que se encuentra a 4000 m.s.n.m, que no cuentan con los servicios públicos (electricidad, agua potable, telefonía, etc.). Las actividades mineras no se realizan precisamente en lugares o zonas desarrolladas o que cuentan con los mínimos servicios que toda persona necesita, sino en zonas generalmente de extrema pobreza, alejadas, sin presencia del Estado, donde la tasa de analfabetismo y mortalidad es extrema, y los pobladores se dedican solo a la actividad agropecuaria. La idea central es que como la actividad minera se desarrolla en zonas de extrema pobreza; debería de representar para la comunidad tal vez la única oportunidad de desarrollo y superar tal situación.

Observaremos que no siempre un proyecto minero podría ser más beneficioso o rentable para los habitantes de una comunidad. Si bien la minería genera nuevos puestos trabajos, los gobiernos locales y regionales son beneficiados con el Canon Minero y las Regalías Mineras y se incrementa la recaudación fiscal; el caso Tambogrande enseña magníficamente cómo aplicando un análisis de costo-beneficio se determina que un proyecto como este, en el momento del conflicto ambiental, no era beneficioso a la comunidad, pues los pobladores de Tambogrande se dedican a la exportación de mangos y limones, que es la principal actividad económica de la zona, y que genera muchos más puestos de trabajo.

El Dr. Manuel Pulgar-Vidal(12) indica que el 72% de la población económicamente activa de Tambogrande se dedicaba a la actividad agrícola; el mango que se produce en esta zona representa el 90% de las exportaciones nacionales de este producto; asimismo, se producen 150 toneladas métricas de limón al año, cuyo valor aproximado es de US$ 24 millones.

     IV. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA EVALUACIÓN AMBIENTAL

Los miembros de comunidades y nativas, al igual que los demás ciudadanos peruanos, tienen el derecho de participar en el proceso de toma de decisiones del Estado sobre la viabilidad ambiental de un proyecto minero, dentro del marco legal establecido para ello. La participación ciudadana es un mecanismo por la cual se consulta a los afectados sobre el proyecto a implementarse. La evaluación de impacto ambiental o evaluación ambiental (EA) constituye un instrumento central de gestión ambiental, es de naturaleza preventiva, antes que correctiva, y está destinada a otorgar los elementos necesarios para un proceso informado de toma de dediciones (tanto de parte de la autoridad a su cargo como el titular del proyecto); dar a conocer los potenciales y previsibles impactos que el proyecto puede generar; y ayudar a planificar las medidas que se deben tomar a fin de prevenir, disminuir, mitigar o (en la medida de lo posible) eliminar tales impactos. Para el ciudadano, la EA es fundamentalmente una herramienta de información oportuna, adecuada y suficiente para conocer las características ambientales y sociales de un proyecto propuesto, y el momento en el cual puede y debe ser consultado sobre sus inquietudes respecto a él(13).

El componente de la participación ciudadana de la EA es el que vincula a otros diversos principios y derechos ciudadanos, como el derecho a un ambiente saludable, la gobernabilidad como requisito para la toma de decisiones, la responsabilidad compartida, la transparencia y el respeto por los aportes del público. No obstante, muchas empresas mineras (como Tambogrande y Raura), omiten cumplir en forma completa con el proceso de participación ciudadana o de lo contrario comenten el gran error de no tomar en cuenta a los directamente afectados. Las comunidades son las que en las audiencias tienen que indicar cuáles son sus necesidades y expectativas de oportunidad ante la propuesta de la actividad minera. Un buen ejemplo de participación ciudadana directa es el Proyecto Las Bambas.

     CONCLUSIONES
a) Existe divorcio entre los beneficios que percibe una operación minera y los beneficios que logran las poblaciones del entorno(14): la mejor forma de lograr que esta brecha sea más corta es que las empresas mineras logren los objetivos de la responsabilidad social empresarial e inviertan en beneficios de las comunidades en lo concerniente a la educación y Salud.
b) Es necesario que antes del cateo y la prospección se pueda entablar el proceso de participación ciudadana, con audiencias públicas en las cuales se indique a las comunidades los impactos positivos y negativos de una posible actividad minera. Con ello se obtendrá el factor de confianza que fortalecerá las relaciones de la empresa minera y la comunidad campesina en los momentos en los que se desarrolle a plenitud la actividad minera. Con el diálogo y la confianza previa de la comunidad será mucho más factible identificar las necesidades, intereses y expectativas de desarrollo de la comunidad.
c) Es necesario que las compañías mineras tengan el respaldo de las comunidades para el desarrollo de sus operaciones. Debe existir un consentimiento previo informado o licencia social, por lo que ninguna operación minera debe iniciarse sin obtenerse la licencia social por parte de las comunidades.
d) Creemos que no existe un divorcio entre la actividad minera y la actividad agraria; muy por el contrario se puede lograr que estas dos actividades tradicionales en el país puedan convivir. Mediante la cooperación-inversión de las compañías mineras respecto a las tierras de los comunidades donde se realizan operaciones mineras, el agro y la minería podrían formar una alianza estratégica.

     NOTAS
     (1)     La abundancia de trabajos prehispánicos en metal son testimonio de las ricas reservas minerales del Perú. Se estima que este país andino tiene 16% de las reservas mundiales de plata, 15% de cobre y 7% de zinc.
La minería constituye 45,9% de los ingresos por exportaciones del Perú y 17,1% de la inversión extranjera directa que se cuadruplicó durante la pasada década, de unos US$ 420 millones en 1990, a $1,67 millardos en diciembre pasado. Las principales inversiones provienen de Gran Bretaña, con 35,7%; EEUU, con 30,62 y Canadá con 15%.
     (2)     SOTO COAGUILA, Carlos A. “El derecho frente a los depredadores del medio ambiente. Reflexiones en torno a daño ambiental”. En: Advocatus Nº 13- 200. Revista Editada por alumnos de la Facultad de Derecho. Pág. 304 y sgtes. Este sector representa aproximadamente el 10% del PBI y a partir de la década de los 90 se llevó a cabo una gran inversión por parte de las empresas mineras de todo el mundo, las mismas que han realizado importantes inversiones en las distintas etapas productivas de dicho sector (exploración, explotación y comercialización).
     (3)     El Comercio, “Día 1”, lunes 12 de septiembre 2005, p 15. “Por los altos niveles de plomo en la sangre de lo niños. Por la incapacidad de la minera de cumplir con su PAMA (la población teme la pérdida de su trabajo si la empresa cierra por no cumplir con el programa”.
     (4)     PULGAR-VIDAL, Manuel;; AURAZO, Adriana. “Mejorando la participación ciudadana en el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental”. En: Minería, Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, 1 º Ed. Lima, 2003. Págs. 176-177, “tal vez lleve explorar por tres años el yacimiento casi superficial de oro y plata luego de vender el proyecto a un tercero o (en el mejor de los casos ) transferir el yacimiento una vez culminado el IEA y que la nueva empresa sea la que realice la inversión de 270 millones de dólares que se requiere. En este sentido, la población asume con desconfianza la negociación con una empresa que puede retirarse y vender el yacimiento a otra empresa que imponiendo nuevas condiciones, ejecute la explotación sobre la base de nuevas reglas de juego.
     (5)     Ibídem. Pág. 176. En Tambogrande nunca ha existido actividad minera, por lo que las poblaciones locales están al margen de la experiencia de las comunidades altoandinas donde tradicionalmente esta actividad se ha desarrollado. De otro lado, sus habitantes son propietarios de unas tierras que les fueron otorgadas como parte de un programa de colonización promovido por el propio Estado, por lo que su actividad económica principal se basa en la tierra: las actividades agrícolas y agroindustrial. Los agricultores del valle producen 150 mil TM de limón y 70 mil TM de mango, cubriendo dichos cultivos el 96% del área frutícola. Hay siete plantas de procesamiento de mango, tres plantas de aceite de limón y 19 molinos de arroz. El ingreso por la venta de mango y limón asciende a U$$ 100 millones al año, estando el rendimiento de ambos frutos todavía en la mitad de su potencial.
     (6)     Business, abril 2005, “¿Minería responsable? Alerta: contaminación ambiental y conflictos ambientales”. Yanacocha habría originado serios problemas de contaminación en la piscigranja Porcón, los ríos San Miguel, Jequetepeque, Llaucano, y Río Grande. También se recuerda que el escaso control y la falta de mecanismos de contingencia por parte de esta empresa ocasionaron el derrame de 151 kilogramos de mercurio en la localidad de Choropampa, provocando una intoxicación aguda en la población. A todos estos problemas se suman las denuncias de compras de tierras a los campesinos a precios ínfimos por parte de la compañía.
     (7)     VIDAL RAMOS, Roger. “Participación ciudadana en el conflicto ambiental entre la Empresa Minera Raura y la comunidad campesina de San Miguel de Cauri, Provincia de Lauricocha”, Ponencia Presentada II Taller de Derecho Minero, 21 de julio del 2006, Huánuco.
          La Mina Raura tiene sus inicios: 1942 -1953, para explorar y explotar, Yacimientos: Zinc, Plata y Cobre y se encuentra Ubicada Partes Bajas Nevado- Sistema Cordillera Raura, Distrito de San Miguel de Cauri, Prov. Lauricocha, Reg. Huánuco. Existen las lagunas: Caballococha, Tinquicocha.
     (8)     CARAVEDO, Baltasar – DE GASTELUMENDI, Guida y otros. “La nueva empresa : introducción a la responsabilidad social empresarial”. En: Themis Nº 48, Revista Editada por Estudiantes de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Pág. 243 y sgtes. “LA RSE es una filosofía y una manera de ‘gerenciar’, para un número cada vez mayor de personas en el mundo es claro que la ‘sostenibilidad’ de la tierra depende de la forma en que se producen los bienes y servicios. Si el costo de producción es el de contaminar el aire, agua y los habitantes del planeta, entonces ese modo de producir debe cambiar, pues, de lo contrario, se puede llegar a la desaparición de todos los seres vivos de la tierra. Cuando empleamos el término ‘modo de producir’ no solo nos referimos a la manera de manejar los aspectos ambientales que, de hecho, están implicados, también queremos decir que se debe establecer una forma de relación con los trabajadores de las empresas y con el entorno social en que se desenvuelve la entidad empresarial. Es decir, los trabajadores y los habitantes del entorno deben sentir que sus vidas no están sometidas a la voluntad de un agente externo (Caravedo).
La primera definición de la RSE es muy simple: una nueva manera de hacer negocio, es el reconocimiento y la compresión por parte de los empresarios que su compromiso no se limita mas responder solo a los ‘intereses tradicionales’ de los accionistas, sino que se debe ampliar hacia otros ‘grupos de intereses’ porque estos afectan y son afectados por la empresa. Tales –con necesidades particulares como las de los ‘nuevos’ accionistas interesados en la RSE– lo que constituye sus propios trabajadores y familias, los proveedores y la cadena productiva, los clientes, consumidores o usuarios; la comunidad en la cual se asienta la empresa; el medio ambiente interno y externo; el sistema financiero; los gobiernos locales y nacional; la sociedad como un todo y finalmente el planeta” (De Gastelumendi).
     (9)     Esta actividad ha generado enormes impactos a las comunidades, aquí es donde las comunidades están buscando recuperar derechos afectados: económicos, sociales, culturales y ambientales, están en un proceso de desarrollar una relación más simétrica con las compañías mineras.
     (10)     DE LA PUENTE BRUNKE, Lorenzo. “Medio ambiente, conflictos y seguridad jurídica en la minería peruana”. En: Revista Peruana de Derecho de la Empresa, Nº 59 Año XX. Págs. 40-41.
     (11)     Para una mayor información de Acceso a la Justicia Ambiental, Ver: VIDAL RAMOS, Roger. “La acción de amparo en tutela de los derechos ambientales”. En: Revista Electrónica de Derecho Ambiental, Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA – Paraguay) Nº 8, febrero del 2006, en: www.idea.org.py/rda.
     (12)     PULGAR-VIDAL, Manuel. Ob. cit. Pág. 173 y sgtes.
     (13)     PULGAR-VIDAL, Manuel. Ob. cit. Pág. 11.
     (14)     Ver: PULGAR – VIDAL, Manuel. En: Business. Abril 2005. “¿Minería responsable? Alerta: contaminación ambiental y conflictos ambientales”. Pág. 19.